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JUE, 05 NOV 2026
Economía

ARCA amplía hasta octubre de 2026 el corte de deudas que pueden regularizarse en cuotas

Pymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro disponen de plazo hasta el 30 de junio de 2027 para adherir al régimen ampliado, con hasta 18 cuotas para las empresas más chicas.

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Verónica IribarrenEconomía · · lectura 2 min
ARCA amplía hasta octubre de 2026 el corte de deudas que pueden regularizarse en cuotas

La fecha de corte del régimen especial de facilidades de pago se corrió del 30 de junio de 2026 al 31 de octubre de 2026, lo que permite incorporar al plan obligaciones vencidas en ese intervalo. La medida fue formalizada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y alcanza a un universo de contribuyentes que incluye a las micro, pequeñas y medianas empresas, además de los pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro.

La norma fue publicada en el Boletín Oficial como Resolución General 5924/2026 y amplía el plan especial orientado a estos sectores. Según el texto difundido, el cambio central consiste en la extensión de la fecha de corte para las obligaciones regularizables, junto con una prórroga del período de adhesión.

Qué cambia respecto del esquema original

Frente al régimen vigente hasta ahora, el período para sumarse al plan se extiende. Mientras que el esquema original preveía adhesiones hasta el 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán hacerlo hasta el 30 de junio de 2027. La ampliación del plazo se combina con el corrimiento de la fecha de corte, de modo que el universo de deudas alcanzables resulta mayor que el previsto inicialmente.

Quiénes pueden acceder y qué obligaciones abarca

  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
  • Pequeños contribuyentes.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro.
  • Obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con multas aplicadas hasta el 31 de octubre.

En cuanto a las condiciones de financiación, el esquema se mantiene respecto de la versión original. Las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.

Cuándo se habilita la carga de nuevas deudas

Aunque la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema “Mis Facilidades” quedará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción denominada “Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026”. Hasta esa fecha, el sistema no permitirá cargar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo recaudador, cuya habilitación del 16 de noviembre constituye el dato a seguir para los contribuyentes alcanzados.

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