Una estación de Pergamino deberá pagar más de siete millones porar nafta a un auto diésel
El Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino Kondamnó a una estación de servicio por un error de despacho queestruyó el motor de un Renault Clio. La sentencia incluye daños materiales, daño moral, lucro cesante y una multa civil.
Una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires, deberá abonar $7.010.000 más intereses a un cliente cuyo Renault Clio diésel recibió nafta en lugar de gasoil. El hecho ocurrió el 15 de octubre de 2022 y la condena fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino.
El joven de 26 años llegó a la estación para cargar gasoil por $2.000. El empleado despachó nafta por error y, al salir del surtidor, el automóvil comenzó a fallar y se detuvo a pocos metros. El propio playero reconoció la equivocación.
El error daniño el motor y de una pericia mecánica
El vehículo fue trasladado, sin ser encendido, hasta un taller cercano. Después de la revisión, el conductor lo retiró, pero a menos de una cuadra el motor volvió a apagarse y dejó de funcionar. Según la pericia mecánica producida en el juicio, la nafta ingresada en un motor diésel daña el sistema de inyección por falta de lubricación.
La reparación adecuada requirió vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible, cambiar filtros y, en ciertos casos, reemplazar inyectores y la bomba. La empresa negó responsabilidad, cuestionó la documentación y sostuvo que los montos reclamados eran excesivos.
El juzgado rechazó esos argumentos y aplicó el principio de carga dinámica de la prueba. Consideró que la empresa estaba en mejores condiciones de explicar lo ocurrido, pero no lo hizo. Para reconstruir la secuencia, Commandsatchó el comprobante de pago, los testimonios de la audiencia y el informe pericial.
La condena incluye cuatro conceptos y un plazo de pago
- Daño material: $3.500.000, tomando como base el presupuesto de reparación validado por el perito.
- Lucro cesante: $210.000 por la imposibilidad de utilizar el vehículo durante el período de reparación.
- Daño moral: $1.800.000 por las gestiones realizadas, el reclamo ante organismos de defensa del consumidor y la necesidad de llegar a juicio.
- Daño punitivo: una multa civil de $1.500.000 destinada a desalentar conductas que dejen a los consumidores en una situación de desigualdad frente a proveedores profesionales.
El tribunal encuadró el caso como una relación de consumo. La sentencia establece que la condena debe abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación, con intereses que corren desde la fecha del hecho y un esquema diferenciado para el daño material. Las costas del juicio quedaron a cargo de la parte condenada.
El expediente se encuentra en primera instancia, conforme a la sentencia del Juzgado Civil y Comercial N.° 1 de Pergamino. El próximo paso judicial será el cumplimiento del pago dentro del plazo fijado, una vez notificada la decisión.
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