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SÁB, 26 SEPT 2026
Policiales

La Justicia de Tierra del Fuego declaró prescripta la causa y ordenó la libertad de Abregú, condenado por el crimen de su expareja embarazada

Por mayoría, el Tribunal Superior provincial sobreseyó al condenado a 20 años por el homicidio de Eva Azulina Falcón. Consideró que la evasión, por la que también estaba acusado, fue extinguida y no interrumpió el plazo de prescripción. Un juez votó en disidencia.

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Norma ZapataPoliciales y judiciales · 26 DE SEPT DE 2026 · lectura 3 min

El Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego declaró prescripta la acción penal y ordenó la inmediata libertad de Ramón Ángel Abregú, condenado en septiembre de 2000 a 20 años de prisión por el homicidio de Eva Azulina Falcón, su expareja, que estaba embarazada. La decisión se adoptó por mayoría y revocó el criterio que el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande había sostenido al rechazar el pedido de prescripción.

El camino judicial hasta la prescripción

El hecho que motivó la condena ocurrió el 23 de enero de 2000 en un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande. Abregú fue detenido inmediatamente después del ataque. El 15 de febrero de 2001 se fugó de la unidad penitenciaria donde cumplía la pena y permaneció prófugo durante 22 años. En 2023 se presentó ante la Justicia para solicitar la prescripción de la acción penal.

En primera instancia, los jueces del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, Eduardo López y Juan José Varela, rechazaron el planteo con un argumento que coincidió con el dictamen del fiscal mayor Martín Bramatti: entendieron que la evasión configuraba un nuevo delito, cuya comisión se prolongaba mientras el condenado se mantuviera prófugo, y que esa conducta interrumpía el cómputo de la prescripción.

La mayoría que declaró extinguida la acción penal

Votaron por declarar la prescripción y disponer el sobreseimiento María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez, integrantes del Tribunal Superior de Justicia fueguino. El fundamento central de la mayoría fue que la causa por la fuga había terminado con un sobreseimiento, lo que, a su criterio, eliminó la causal de interrupción de la prescripción vinculada con la comisión de otro delito. Los magistrados también invocaron el precedente “Ilarraz” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, relativo al tratamiento de la prescripción y su relación con las garantías constitucionales.

Con esos argumentos, el Tribunal Superior modificó la decisión de Río Grande y ordenó la inmediata libertad de Abregú, quien ahora queda sobreseído en el marco de la causa penal que se le seguía por el homicidio.

El voto en disidencia

Ernesto Löffler fue el único magistrado que votó en contra. Fundamentó su rechazo en que admitir la prescripción resultaba incompatible con las obligaciones de protección y sanción de la violencia contra las mujeres previstas en convenciones internacionales con rango constitucional. Esa postura quedó como voto en disidencia dentro de la resolución firmada por el cuerpo.

  • Carátula de origen: Homicidio agravado por el vínculo y por la condición de mujer embarazada de la víctima, en perjuicio de Eva Azulina Falcón.
  • Condena original: 20 años de prisión, dictada en septiembre de 2000 por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande.
  • Fuga: 15 de febrero de 2001, desde la unidad penitenciaria donde cumplía la pena.
  • Reaparición: 2023, cuando se presentó ante la Justicia para pedir la prescripción de la acción penal.
  • Intervención del Ministerio Público Fiscal: dictamen del fiscal mayor Martín Bramatti, quien se había opuesto al planteo de prescripción.
  • Resolución del Tribunal Superior: por mayoría (Battaini, Muchnik y Diéguez), declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento y la libertad inmediata; voto en disidencia de Löffler.

La resolución no fue apelada a esta altura del proceso, por lo que el próximo paso judicial queda supeditado a eventuales recursos ante instancias superiores o a la firmeza definitiva del sobreseimiento. La decisión reabrió el debate sobre los plazos de la Justicia en causas donde el condenado permaneció prófugo durante décadas y volvió a presentarse de manera voluntaria ante los tribunales.

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