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LUN, 02 NOV 2026
Economía

Aguinaldo de diciembre: plazos de pago, beneficiarios y forma de cálculo del SAC

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario vence el 18 de diciembre, con un margen legal que llega hasta el 24. El monto equivale al 50% del salario más alto del segundo semestre.

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Verónica IribarrenEconomía · · lectura 2 min
Aguinaldo de diciembre: plazos de pago, beneficiarios y forma de cálculo del SAC

La segunda cuota del Sueldo Anual Complementario tiene como fecha límite de pago el 18 de diciembre, aunque la normativa permite liquidarla hasta el 24 de ese mismo mes. Se trata de un beneficio que alcanza a los trabajadores registrados y también a los jubilados y pensionados, y cuyo monto se determina a partir de la remuneración más alta percibida en el segundo semestre del año.

Plazos de pago

El aguinaldo, conocido formalmente como Sueldo Anual Complementario (SAC), se abona en dos cuotas anuales: la primera en junio y la segunda en diciembre. Para esta última, la fecha límite fijada por la normativa vigente es el 18 de diciembre, que en el calendario de este año cae en viernes. A ello se suma un margen de cuatro días hábiles adicionales, que extiende el plazo máximo hasta el 24 de diciembre.

Quiénes lo cobran

El beneficio corresponde tanto a quienes trabajan en relación de dependencia con empleo registrado como a los jubilados y pensionados. En el caso de estos últimos, el cobro se realiza junto con el haber mensual, en la semana que corresponda según el nivel de ingresos y la terminación del número de documento. El calendario exacto de pagos es publicado por la Anses al inicio de cada mes.

Cómo se calcula el monto

  • Se identifica el salario mensual más alto cobrado entre julio y diciembre.
  • Sobre ese valor se aplica el 50%.
  • Ejemplo: un trabajador cuya mayor remuneración del período fue de 100.000 pesos cobra 50.000 pesos de aguinaldo.

Cuando el empleado no completó los seis meses del semestre, por haber ingresado a mitad del período o por haberse desvinculado antes de fin de año, el SAC se liquida en proporción a los días o meses efectivamente trabajados. De acuerdo con la fórmula indicada en el material de referencia, se toma el salario mensual, se divide por 12 y se multiplica por la cantidad de meses trabajados en el semestre. Para quienes ingresaron en el segundo semestre, resulta necesario contar con la fecha exacta de inicio, a fin de realizar el cálculo proporcional y verificar que el recibo refleje el monto correspondiente.

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